Antes de que una persona pueda ser condenada por el delito de abandonar el lugar del accidente en casos de muerte o daño, el fiscal debe probar más allá de toda duda razonable, las siguientes cuatro cosas :
- El acusado era el conductor del vehículo involucrado en el accidente que causó las lesiones o muerte a una persona;
- El acusado sabía, o debería haber sabido, que estaba involucrado en un accidente;
- El acusado sabía, o debería haber sabido, la lesión o muerte de la persona; o bien el acusado sabía, o debería haber sabido, de la lesión a la persona; y
- El acusado, deliberadamente, no se detuvo en el lugar del accidente o lo más cerca posible de este, ni permaneció allí hasta brindar su "información personal" a la persona lesionada y a cualquier agente de policía investigando el accidente; o el acusado, deliberadamente, no prestó la "ayuda razonable" a la persona lesionada si era necesario o fue solicitado por la persona lesionada.
En el caso de Carrada contra el Estado de Florida, el Tribunal señaló en defensa el delito de abandonar el lugar de un accidente que involucra muerte o lesiones, es decir que el acusado no abandonó la escena del accidente para ir a buscar ayuda (asistencia médica) para alguien que había resultado herido en el accidente.